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29-07-2010

Bienestar Social

 
 
 

DIECISIETE PROYECTOS DE AUTOEMPLEO FEMENINO RECIBIRÁN 6.000 EUROS DE AYUDA PROVINCIAL EN 2010

 
 
 

Nueve mujeres ya se han iniciado como autónomas y otras ocho pueden hacerlo hasta el 3 de septiembre

 

(30/07/10). La Diputación de Zaragoza ha aprobado un proyecto de apoyo al impulso de iniciativas de la creación de empleo femenino en el mundo rural. El objetivo de este proyecto es impulsar estrategias que faciliten el avance social de las mujeres mediante su inserción en el mercado laboral como trabajadoras autónomas, dentro de las políticas de igualdad de oportunidades y de conciliación de la vida familiar y laboral.


El objeto de esta convocatoria, dotada con un presupuesto de 102.000 euros, es la concesión de ayudas para trabajadoras que se establezcan como empresarias autónomas en la provincia de Zaragoza. Durante 2010 se concederán diecisiete ayudas (nueve en el primer procedimiento y ocho en el segundo), por importe de 6.000 euros máximo para cada proyecto seleccionado.

Pueden acogerse a esta convocatoria aquellas mujeres que se hayan establecido o se vayan a establecer como trabajadoras autónomas desde el día 1 de enero de 2010 hasta el 3 de septiembre del mismo año.

La primera convocatoria –para aquellas que se han inscrito desde el 1 de enero al 30 de junio- ha resuelto 9 ayudas y quedan otras 8 para el segundo plazo –personas que se inscriban entre el 1 de julio y el 3 de septiembre-.

Mujeres emprendedoras de Daroca, María de Huerva, Ejea, Calatayud, Borja, Utebo, Manchones y La Almunia han conseguido, con diferentes proyectos tales como establecimientos hosteleros, comerciales y de servicios, las ayudas de este Plan bajo cinco criterios que benefician, entre otros baremos, a los municipios más pequeños, la calidad y viabilidad de la actividad o la situación familiar.

Requisitos :

•  Darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de Seguridad Social.

•  Darse de alta en el Censo de Impuesto de Actividades Económicas.

Criterios de otorgamiento de subvenciones

-Municipios o núcleos con población inferior a 150 habitantes: 10 puntos.
-Municipios o núcleos con población superior a 150 habitantes y hasta 500 habitantes: 8 puntos.
-Municipios o núcleos con población superior a 500 habitantes: 6 puntos.

2.- Valoración de los proyectos de autoempleo, hasta 40 puntos.

2.1.- Tipo de actividad del proyecto, hasta 5 puntos:

•  Actividades vinculadas a los Nuevos Yacimientos de Empleo como servicios a personas dependientes y para la mejora de la calidad de vida (comedores sociales, lavanderías, servicios de guardería,…).

•  Actividades que guarden vinculación directa con titulaciones profesionales de Formación Profesional Específica, Universitaria o con certificados de Formación Profesional Ocupacional, obtenidas por la persona beneficiaria.

•  Actividades de carácter innovador y/o relacionadas con las nuevas tecnologías y con la sociedad de la información.

•  Servicios culturales y de ocio.

•  Actividades relacionadas con la Prevención de Riesgos Laborales.

•  Actividades relacionadas con el Medio Ambiente.

•  Actividades relacionadas con establecimientos comerciales.

•  Trabajos en sectores productivos que vienen desarrollados principalmente por hombres (agroturismo, transformación de productos agrícolas, producción de artesanía o de bebidas, turismo rural, etc).

2.2.- Vinculación del tipo de actividad con el grado de estudios del beneficiario, hasta 10 puntos.

2.3.- Contenido del proyecto (calidad y grado de complementariedad con otras acciones, aprovechamiento de los recursos y potencialidades del territorio), hasta 15 puntos.

2.4.- Viabilidad del proyecto, hasta 10 puntos:

3.- Proyectos promovidos por mujeres jóvenes menores de 30 años: 20 puntos.

4.- Proyectos promovidos por mujeres que acrediten su condición de víctimas de violencia de género: 20 puntos.

5.- Proyectos promovidos por mujeres con cargas familiares: Hasta 10 puntos.

- Tener a su cuidado a algún hijo menor de tres años, tanto cuando lo sea por naturaleza, como por adopción, o en los supuestos de acogimiento: hasta 5 puntos.

- Tener a su cuidado a algún familiar a su cargo hasta segundo grado por consanguinidad o afinidad que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo y precise, por ello, asistencia domiciliaria prestada por terceras personas: hasta 5 puntos.

 

 


 
 
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